V.5.1.3. Las Consecuencias de No Usar el Término Correcto

Limitación. Los problemas que trae consigo esta acción son de una magnitud importante, ya que ocasionan un retroceso en lo tanto que se ha distinguido y avanzado la ciencia: el alcance.

Un ejemplo de esto sería el siguiente: Derecho Penal es definido como “El conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado”; Si le cambiáramos el objeto de estudio (normas jurídicas) por el de normas judiciales, perteneciente o relativo al juicio, a la administración de justicia o a la judicatura, sólo el cambio en un término proporcionaría un sentido diferente a la definición, origina una delimitación. Y es lo mismo que pasa en Criminología cuando se utiliza incorrectamente un término.

Pérdida de autonomía. Como se comentó anteriormente, algunos estudiosos del Derecho Penal mencionan que éste le proporciona el objeto de estudio. Usar algún término jurídico, como infracción, delito o crimen le da la razón. Una correcta mención del objeto de estudio fundamenta su posición como ciencia autónoma, fundamentado en que el Derecho Penal no contiene el conjunto de conocimientos necesarios para poder explicar la antisocialidad.

Sentido equívoco de las áreas laborales del Criminólogo. Generalmente se le relaciona al Criminólogo con las áreas de la policía, y muy pocas veces con las referentes a la prevención. Situación que mediante el uso del término correcto se puede ir solucionando poco a poco.

Inclusión y exclusión de otras ciencias o disciplinas en la interdisciplina. Al proporcionar un objeto de estudio conductual limitado o fuera de los límites, algunas de las disciplinas que apoyan a la Criminología o a algún contenido de las mismas se vería restringido, asimismo, se estaría infringiendo la línea divisoria del campo de acción de cada ciencia. Por ejemplo, si dijéramos que el objeto de estudio son las conductas desviadas las Criminología se estaría metiendo en el terreno de la psicología, en el estudio de las conductas asociales o parasociales, aunque estas no afecten el bien común.

Tipificación de conductas por el Derecho Penal. En el mismo caso que se usara el delito como objeto de estudio conductual el Derecho pretendería solucionar las conductas antisociales que no son delitos tipificándolas, como comúnmente suele hacerlo. La herramienta de la pena podría volverse el remedio único. Habría una prevención jurídica en lugar de prevención social.

Pérdida de distinción sobre los grados de las conductas. La definición y ubicación correcta de los términos funciona como una brújula de descripción de conductas, ya sea de formas leves, simples o graves, por mencionar unos ejemplos. Se puede dar la situación en que se diga que se cometió un crimen, y con esto se podría pensar en un delito grave, cuando en realidad fue una conducta antisocial no tipificada leve. Esto es muy común escucharlo en las personas y es necesario concientizar tanto a la población como a aquellos que la utilizan, como los medios de comunicación y los propios profesionales relacionados con el fenómeno de la antisocialidad.

Discriminación colateral. La persona que cometió una conducta anormal podría ser llamada delincuente si se utilizara el término conducta desviada.

Confusión sobre el objeto de estudio. Si se utilizaran diferentes objetos de estudio conductuales aquellos estudiosos que decidan incursionar en la Criminología encontrarán constantemente el uso indiscriminado de los términos, y en una profundización en la definición correcta de los términos se confundirán; lo que puede provocar que su razonamiento se desvíe o se retrasen las soluciones a la problemática de la sociedad.

Pérdida de ubicación de la postura Mexicana de la Criminología. Un adecuado término ubica geográficamente la postura de la ciencia que se desarrolla en México. En Estados Unidos, por ejemplo, el objeto de estudio es regulado por el Derecho y no existen intenciones de que el Criminólogo extienda oficialmente su conocimiento hacia las conductas antisociales, las cuales son estudiadas comúnmente por la Psicología y Sociología.