V.5.4.2. Resultados del Análisis Diferencial de los Términos

Para ubicar el término se tomaron en cuenta los siguientes lineamientos: 1. El control social se debe enfocar en las conductas antisociales y 2. El gobierno no debe ser el único que lo realice.

El término correcto sin dudas es “control social de conductas antisociales” ya que son acciones de grupos gubernamentales o no para prevenir las conductas antisociales para mantener el equilibrio de la sociedad.

El término “control social” es general, y abarca muchos aspectos de la situación social y no sólo se enfoca en la prevención de las conductas antisociales; por lo tanto, tiene tareas que no son propias de la Criminología, como económicas, laborales, políticas, etcétera.

En cuanto a “política criminal”, se limita a las acciones que realice el gobierno, y se enfoca en los delitos.

En conclusión, el control social es el medio de mantener el control de una sociedad y se divide en diferentes ramas y necesidades, entre ellas el de las conductas antisociales, que a su vez cuenta con la Política Criminal como medio estrictamente gubernamental (Figura 6).

Control-social-del-comportamiento-antisocial

Figura 6. Clases de control social.